Consultas Generales

11956555 - ¿Cuál es el procedimiento en los casos que la factura se confeccione previamente o posteriormente a la destinación aduanera?
Fecha de publicación: 26/01/2010

Si la factura se confecciona previamente a la destinación aduanera, la vinculación de las mismas deberá efectuarse al momento de la oficialización de esta última.

Cuando se emitan notas de crédito y/o débito que reflejen ajustes relacionados a una operación, deberá consignarse -de manera obligatoria- la información correspondiente del comprobante asociado que se está ajustando.

Si la factura se confecciona luego de la oficialización de la destinación aduanera, la misma se vinculará automáticamente a esta última.

En ella se deberán informar los datos de "Destino de la mercadería" e Identificador de la destinación (Año/AD/Tipo/N° Reg/DC).

En todos los casos, se indicará el "País destino de la factura".

  • Fuente: Art 11 RG 2758/10
954556 - ¿Cómo deben facturarse las operaciones desde una zona franca al territorio aduanero general?
Fecha de publicación: 21/11/2005

Deberán facturarse mediante facturas tipo "E".

  • Fuente: RG 1415/03
133054 - Por operaciones de venta a Tierra del Fuego ¿Cómo debo facturar? ¿Puedo realizar una factura A sin IVA?
Fecha de publicación: 10/10/2005

No puede realizar una factura A sin IVA. Dicho comprobante deberá estar identificado con la letra "E".

  • Fuente: Art.17 RG 1415/03
12947221 - Evento 2542 - En las operaciones a la provincia de Tierra del Fuego, ¿se debe indicar obligatoriamente la cláusula de ventas (Incoterms)?
Fecha de publicación: 07/08/2010

Si la mercadería se envía por Sistema Informático Malvina (SIM), los subregímenes indicados en la RG 2758/10 solicitan el registro de Incoterms, y por lo tanto la factura debe reflejar el dato declarado, dependiendo de las condiciones de la operación de exportación.

Se aclara que la obligación de emitir comprobantes electrónicos originales para respaldar las operaciones comprendidas en el subrégimen denominado "REMO - Guía de Removido - EXPCON", con destino a las áreas definidas por la Ley Nº 19.640 y sus modificaciones, regirá a partir del 1 de octubre de 2010, inclusive.

  • Fuente: CIT AFIP
13033875 - Evento 2574 - En los casos de las operaciones de ventas concertadas con sujetos no categorizados de Tierra del Fuego, ¿Qué se debe colocar en el campo CUIT/CUIT PAIS, el CUIL del receptor del comprobante, o bien la CUIT 23-00000000-0 establecida por la RG 2233/07?
Fecha de publicación: 25/01/2019

En el campo "CUIT/CUIL PAIS" se debe ingresar la CUIT ó el CUIL del receptor del comprobante.

La obligación de emitir comprobantes electrónicos originales para respaldar las operaciones comprendidas en el subrégimen denominado "REMO - Guía de Removido - EXPCON", con destino a las áreas definidas por la Ley Nº 19.640 y sus modificaciones, regirá a partir del 1 de octubre de 2010, inclusive.

  • Fuente: AFIP
13228261 - Evento 2610 - ¿En qué momento puede ser imputada la Factura electrónica clase "E" a una operación?
Fecha de publicación: 18/04/2011

- En forma previa a la oficialización de la misma por Sistema Malvina (SIM).

- En forma posterior a la oficialización de la misma por Sistema Malvina. (SIM).

-Factura previa: es aquella que el Exportador ingresa accediendo al Servicio de Facturación electrónica en la página de la AFIP antes de la Oficialización de la Declaración detallada por parte del despachante. Esta factura se asocia en el momento de la declaración detallada mediante la solapa de "declaración de facturas" en el SIM.

- Factura Post: es aquella que el Exportador ingresa mediante el Servicio de Facturación electrónica en la página de la AFIP posteriormente a la oficialización de la Declaración detallada por el despachante. El Exportador en el momento de confeccionarla declara las operaciones oficializadas en el SIM que corresponden a la factura Post.

Una operación de exportación podrá tener asociadas "facturas previas", "facturas post" o una combinación de ambas.

Las "facturas post" utilizadas en una Declaración no podrán ser usadas como "facturas previas" en otra Declaración.

  • Fuente: RG 3085/11
13230603 - Evento 2609 - ¿Mediante qué servicio realizo la vinculación de las facturas electrónicas clase "E", cuando se confeccionan antes del permiso de embarque?
Fecha de publicación: 06/07/2010

Se realiza a través del Sistema Malvina.

  • Fuente: CIT AFIP
12010421 - Evento 2392 - ¿Existe con este régimen una doble carga de los comprobantes (Sistema Propio de Facturación y Sistema de AFIP) ?
Fecha de publicación: 28/01/2010

Los sistemas de facturación de cada contribuyente deberán adaptarse a fin de tramitar la solicitud de CAE (Código de Autorización Electrónico) por cualquiera de los métodos previstos -webservices, Facturador en Línea o Facturador Plus-.

  • Fuente: CIT AFIP
12017447 - Si al realizar el comprobante en línea se cometió un error de tipeo en un comprobante "E" ¿Cómo se puede corregir?
Fecha de publicación: 01/04/2022

Si se comete un error de tipeo y ya se confirmó la operación, hay que revertirlo mediante nota de crédito. Una vez asignado el CAE los comprobantes sólo podrán ser modificados mediante la utilización de otro documento fiscal electrónico (nota de crédito o nota de débito, según corresponda).

Se puede acceder a la guía paso a paso de cómo emitir un comprobante electrónico haciendo click aquí.

  • Fuente: Art 8 RG 2758/10
12022131 - Evento 2396 - ¿Es obligatorio facturar electrónicamente las muestras? ¿Es posible hacer comprobantes con importe cero (0)?
Fecha de publicación: 29/03/2011

De tratarse del envío de mercaderías al exterior bajo el Régimen de muestras definido en los Arts 560 a 565 del Código Aduanero -código de ventaja MUESTRAEXPO-, se podrá consignar CERO (0) como importe de la operación. En tales casos, el Valor FOB unitario de la mercadería declarado en el Permiso de Embarque, deberá encontrarse detallado en el campo "descripción del ítem" del respectivo comprobante de exportación.

  • Fuente: Art 6 RG 2758/10
12036183 - ¿Qué sucede con las destinaciones de exportación realizadas bajo la modalidad de exportación por cuenta y orden de terceros?
Fecha de publicación: 28/01/2010
Quedan exceptuadas de cumplir con el régimen de factura electrónica.

  • Fuente: Art. 2 RG 2758/10
12045551 - En caso de realizar una exportación desde Argentina de mercaderías que no ingresan al país ¿Se debe aplicar el régimen de factura electrónica?
Fecha de publicación: 15/08/2013

Dichas operaciones no se encuentran alcanzadas por el Régimen de Factura Electrónica.

  • Fuente: CIT AFIP
12059603 - En el servicio "Comprobantes en Línea", ¿se pueden importar base de datos con registros de clientes del contribuyente?
Fecha de publicación: 04/11/2021

No. El servicio no cuenta con dicha posibilidad.

 

  • Fuente: CIT AFIP
12083023 - Si se confecciona una factura de exportación en forma previa a la destinación aduanera ¿El número de despacho lo relaciona automáticamente Aduana?
Fecha de publicación: 28/01/2010

No. Si la factura se confecciona previamente a la destinación aduanera, la vinculación de las mismas deberá efectuarse al momento de la oficialización de esta última.


  • Fuente: Art. 11 RG 2758/10
12087707 - ¿Un despachante de aduana puede realizar las facturas electrónicas en nombre de los clientes?
Fecha de publicación: 15/08/2013

Los contribuyentes que podrán tramitar comprobantes electrónicos clase "E" deberán encontrarse inscriptos en los "Registros Especiales Aduaneros" a los fines de respaldar las operaciones de exportación de bienes.

No obstante lo expuesto, mediante el administrador de relaciones el contribuyente exportador podrá delegar en un tercero la emisión de sus comprobantes.

  • Fuente: CIT AFIP
12094733 - Evento 2413 - ¿Existe alguna validación de la Clave de Identificación Tributaria otorgada por el fisco del país en el cual se encuentra domiciliado, radicado o constituido el receptor de la factura electrónica?
Fecha de publicación: 29/01/2010

Sí. El sistema solicita que se informen la Clave de Identificación Tributaria y/o, en su caso, la CUIT del país.

En caso de informarse la Clave de Identificación Tributaria se validará que dicho campo se encuentre completo.

  • Fuente: CIT AFIP
12097075 - Evento 2414 - Si el INCOTERMS es distinto a FOB (por ejemplo, DAP o CIF), ¿Dónde se declara el valor del flete, del seguro y/o gastos (de corresponder) en destino?
Fecha de publicación: 31/01/2017

El sistema posee un campo denominado Otros datos comerciales, donde se puede consignar todo lo que el emisor estime necesario.

Asimismo, cabe señalar que si en una venta de bienes deben incluirse otros gastos o servicios (ejemplo, fletes) los cuales se vinculan con la operación original, los mismos pueden ingresarse en el detalle de la factura a nivel ítem.

  • Fuente: CIT AFIP
13647479 - Evento 2686 - ¿Cuándo corresponde utilizar las herramientas electrónicas "Cierre de Factura" y "Cierre de Permisos"?
Fecha de publicación: 04/11/2021

El cierre de una factura electrónica de exportación procederá sólo cuando ésta sea declarada como previa y cuando el declarante considere que la misma ha sido imputada a todos los permisos de embarque que correspondan, a cuyo efecto deberá ingresar aI servicio denominado "Factura Electrónica de Exportación - Cierre de Factura Electrónica" disponible en el sitio "web" institucional.

Los permisos de embarque que se encuentren asociados a la factura electrónica de exportación que se cierre, deberán estar con su cumplido de embarque registrado "conforme" o la Declaración Postembarque presentada.

Una vez cerrada la factura electrónica, el sistema impedirá la afectación de dicha factura a otra operación de exportación.

El cierre de un permiso de embarque se efectuará siempre que el mismo tenga asociadas facturas electrónicas de exportación -sean éstas previas o post- ingresando al servicio denominado "Factura Electrónica de Exportación - Cierre de Permisos de Embarque" disponible en el sitio "web" institucional.

Para realizar el cierre de permiso de embarque, el mismo deberá estar con su cumplido de embarque registrado "conforme" o la Declaración Postembarque presentada.

El cierre de un permiso de embarque impedirá la asociación al mismo de nuevas facturas.

 

  • Fuente: Anexo RG 3085/11
13701345 - ¿Cómo se verificar la validez de comprobantes electrónicos clase "E"?
Fecha de publicación: 01/04/2022

A través del sitio web del organismo (www.afip.gob.ar), opción "Más consultados", "Constatación de comprobantes", en el ítem "Comprobantes con CAE".

Esta consulta permite a los receptores de comprobantes electrónicos (facturas y documentos equivalentes clase "E" -sin importar monto-), verificar que cada uno de ellos se encuentran autorizados por AFIP.

  • Fuente: CIT AFIP